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Cual es la diferencia entre un contrato de obras y un contrato de suministro

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Los contratos de obras y los contratos de suministro son dos tipos de contratos que se celebran en el sector público español. Los contratos de obras tienen por objeto la ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto, o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I. Por otro lado, los contratos de suministro tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles. Además, se consideran contratos de suministro aquellos en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, los que tengan por objeto la adquisición y el arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas, y la cesión del derecho de uso de estos últimos, los de fabricación, y los que tengan por objeto la adquisición de energía primaria o energía transformada.

En cuanto a las obligaciones del contratista, en los contratos de obras el contratista estará obligado a entregar la obra completa en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. En los contratos de suministro, el adjudicatario estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.

En conclusión, los contratos de obras tienen por objeto la ejecución de una obra, mientras que los contratos de suministro tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles. Además, el contratista en los contratos de obras estará obligado a entregar la obra completa, mientras que en los contratos de suministro el adjudicatario estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro.

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