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Que expediente hay que tramitar en un contrato menor por una sociedad mercantil local

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Para tramitar un contrato menor por una sociedad mercantil local, se debe seguir un procedimiento simplificado que incluye la justificación de la necesidad del contrato, la aprobación del gasto, y la incorporación de la factura correspondiente.

En primer lugar, es necesario emitir un informe del órgano de contratación que justifique de manera motivada la necesidad del contrato. Este informe debe asegurar que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de umbrales superiores.

A continuación, se debe proceder a la aprobación del gasto. Esto implica que el órgano competente debe autorizar el gasto asociado al contrato menor, asegurándose de que se cumplen todos los requisitos legales y presupuestarios.

La factura correspondiente al contrato menor debe ser incorporada al expediente. Esta factura debe contener todos los datos y requisitos establecidos, como el número de identificación fiscal del expedidor, el órgano que celebra el contrato, la descripción del objeto del contrato, el precio, y la firma del funcionario que acredite la recepción.

En el caso de contratos menores de obras, además de los pasos anteriores, se debe incluir el presupuesto de las obras. Si las disposiciones vigentes lo requieren, también debe existir el correspondiente proyecto. Además, si el trabajo afecta a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, se debe solicitar un informe de las oficinas o unidades de supervisión.

Finalmente, aunque no es obligatorio, se recomienda solicitar al menos tres ofertas para fomentar la competencia, salvo que se justifique que esto no contribuye al principio de competencia o que supone un obstáculo para cubrir las necesidades del contrato menor.

Tipo de Contrato Valor Estimado Máximo (Euros)
Obras 40,000
Servicios 15,000
Suministros 15,000
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