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que procedimiento de licitación se debe emplear para los contratos del anexo IV?

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Para los contratos de concesión de servicios especiales del anexo IV, se debe emplear el procedimiento restringido.

Los contratos de concesión de servicios especiales del anexo IV se adjudicarán utilizando el procedimiento restringido. Este procedimiento permite que cualquier empresa interesada presente una solicitud de participación en respuesta a una convocatoria de licitación. Sin embargo, solo aquellos empresarios que sean seleccionados por el órgano de contratación, en atención a su solvencia, podrán presentar proposiciones.

En el procedimiento restringido, está prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos. Este procedimiento es especialmente adecuado para servicios intelectuales de especial complejidad, como algunos servicios de consultoría, arquitectura o ingeniería.

Además, los órganos de contratación que celebren contratos de concesiones de servicios especiales del anexo IV deben utilizar un anuncio de información previa como medio de convocatoria de licitación. Estos anuncios deben publicarse en el «Diario Oficial de la Unión Europea» y en el perfil de contratante.

Concepto Detalle
Procedimiento de licitación Restringido
Publicación del anuncio Diario Oficial de la Unión Europea y perfil de contratante
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