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En un contrato por precios unitarios ciertos, la garantia definitiva se puede fijar en base al precio de adjudicació o tiene que referirse al presupuesto base de licitación?

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En un contrato por precios unitarios ciertos, la garantía definitiva debe fijarse en base al presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Cuando se establece una garantía definitiva en el contexto de contratos del sector público, es importante considerar la naturaleza del contrato y cómo se formula el precio. En el caso de contratos formulados en función de precios unitarios, la ley especifica claramente que el importe de la garantía a constituir se debe determinar atendiendo al presupuesto base de licitación, sin incluir el IVA. Esto significa que, independientemente del precio final de adjudicación, la base para calcular la garantía definitiva es el presupuesto inicialmente establecido en los documentos de licitación.

Este enfoque asegura que la garantía refleje el compromiso económico inicial estimado por el órgano de contratación, proporcionando un marco de seguridad financiera que cubre las obligaciones del contratista antes de la ejecución del contrato.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/107

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