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En un contrato plurianual, ¿el presupuesto base de licitación tiene que contener la cuantía de la totalidad del contrato o únicamente la cuantía imputable al primer año?

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El presupuesto base de licitación en un contrato plurianual debe reflejar el límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación durante toda la duración del contrato, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a menos que se especifique lo contrario. Esto implica que debe contener la cuantía total del contrato y no únicamente la imputable al primer año.

El presupuesto base de licitación es una figura clave en la Ley de Contratos del Sector Público, diseñada para establecer el límite máximo de gasto comprometible por el órgano de contratación en virtud del contrato. Este presupuesto debe ser adecuado a los precios de mercado en el momento de su elaboración, lo que implica una cuidadosa consideración de todos los costes directos e indirectos, así como de otros gastos eventuales que puedan surgir durante la ejecución del contrato. Específicamente, en contratos donde los costes salariales son significativos, estos deben desglosarse detalladamente.

Para los contratos plurianuales, es fundamental que el presupuesto base de licitación refleje el compromiso financiero total que representa el contrato para el órgano de contratación a lo largo de su vigencia. Esto asegura una planificación financiera adecuada y transparente, permitiendo a los licitadores comprender plenamente la magnitud del compromiso económico que implica el contrato.

En resumen, el presupuesto base de licitación en un contrato plurianual debe abarcar la totalidad del gasto previsto para el contrato, asegurando así que se contemplen adecuadamente todos los costes asociados a lo largo de su duración.

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