Se puede integrar la solvencia economica y financiera con medios externos de una entidad con un objeto social diferente al objeto de licitación?
Sí, es posible integrar la solvencia económica y financiera con medios externos de una entidad con un objeto social diferente al objeto de licitación, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones.
Para que un empresario pueda acreditar la solvencia económica y financiera necesaria para celebrar un contrato determinado, puede basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas. Esto significa que, incluso si la entidad externa tiene un objeto social diferente al objeto de licitación, sus medios pueden utilizarse para acreditar la solvencia, siempre que se demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato, el empresario dispondrá efectivamente de esos medios. Además, es fundamental que la entidad externa no esté incursa en una prohibición de contratar.
Para hacer efectiva esta integración de solvencia, el empresario debe presentar un compromiso por escrito de la entidad externa, asegurando que dispondrá de los recursos necesarios. Este compromiso se presenta en una fase posterior del proceso de licitación, específicamente después de que el empresario haya presentado la mejor oferta y previo a un requerimiento del órgano de contratación.
En el caso de que la solvencia económica y financiera se integre con medios externos, el órgano de contratación puede exigir formas de responsabilidad conjunta entre el empresario y la entidad externa en la ejecución del contrato. Esto puede incluir, en ciertos casos, una responsabilidad solidaria, asegurando así que se cumplan las obligaciones contractuales.