¿Cuál es la duración mínima de un contrato de concesión de servicios?
La Ley de Contratos del Sector Público no establece una duración mínima específica para los contratos de concesión de servicios.
La duración de los contratos de concesión de servicios se calcula en función de las obras y servicios que constituyan su objeto y se especifica en el pliego de cláusulas administrativas particulares. La duración máxima de estos contratos, incluyendo posibles prórrogas, está limitada por la ley y varía según el tipo de servicio:
Tipo de Concesión de Servicios | Duración Máxima (incluyendo prórrogas) |
---|---|
Concesión de obras y servicios que incluyan ejecución de obras y explotación de servicio | 40 años |
Concesión de servicios para explotación de un servicio no relacionado con servicios sanitarios | 25 años |
Concesión de servicios para explotación de un servicio relacionado con servicios sanitarios | 10 años |
Estos plazos máximos pueden ampliarse en un 15% para restablecer el equilibrio económico del contrato en circunstancias específicas previstas por la ley. Además, no se contabilizan dentro del plazo de duración de la concesión aquellos periodos en los que las obras deban suspenderse por causas imputables a la Administración concedente o por fuerza mayor.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público