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liquidación incumplimiento contratista

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En caso de incumplimiento por parte del contratista, la Administración puede optar por la resolución del contrato y exigir una indemnización por daños y perjuicios. La liquidación del contrato incluirá la comprobación y medición de las obras realizadas y la fijación de saldos a favor o en contra del contratista.

Cuando se produce un incumplimiento parcial, cumplimiento defectuoso o demora en la ejecución del contrato por parte del contratista, y no hay penalidades previstas o estas no cubren los daños causados, la Administración puede exigir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. La liquidación del contrato se llevará a cabo mediante la comprobación, medición y liquidación de las obras realizadas, con la asistencia obligatoria del contratista.

En el caso de que la comprobación del replanteo se demore injustificadamente y dé lugar a la resolución del contrato, el contratista tendrá derecho a una indemnización equivalente al 2% del precio de adjudicación, IVA excluido.

Si la Administración desiste del contrato antes de la iniciación de las obras o suspende la iniciación por más de cuatro meses, el contratista recibirá una indemnización del 3% del precio de adjudicación, IVA excluido. Si el desistimiento ocurre una vez iniciadas las obras o si la suspensión de las obras iniciadas supera los ocho meses, la indemnización será del 6% del precio de adjudicación de las obras no realizadas, IVA excluido.

En situaciones donde las obras deban ser continuadas de forma urgente por otro empresario o por la propia Administración, el órgano de contratación notificará al contratista la liquidación de las obras ejecutadas, pudiendo este impugnar la valoración efectuada.

Concepto Indemnización
Demora injustificada en comprobación del replanteo 2% del precio de adjudicación (IVA excluido)
Desistimiento antes de iniciar obras o suspensión > 4 meses 3% del precio de adjudicación (IVA excluido)
Desistimiento tras inicio de obras o suspensión > 8 meses 6% del precio de adjudicación de obras no realizadas (IVA excluido)
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