resolución de contrato menor por mutuo acuerdo
La resolución de un contrato menor por mutuo acuerdo es posible siempre que existan razones de interés público o un desequilibrio económico probado que justifiquen esta decisión, y no se aprecie mala fe o temeridad por parte del contratista.
Para que un contrato menor pueda resolverse por mutuo acuerdo, es necesario que ambas partes estén de acuerdo y que se justifique adecuadamente la necesidad de esta resolución. Las razones pueden incluir un interés público que aconseje la resolución o un desequilibrio económico que exceda los límites del riesgo y ventura.
Es importante que no exista mala fe o temeridad por parte del contratista. Esto significa que el contratista no debe haber actuado de manera negligente o con intención de causar daño.
En el caso de que el contrato se resuelva por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo que se haya estipulado en el acuerdo de resolución. Esto implica que ambas partes deben llegar a un acuerdo sobre cómo se manejarán los derechos y obligaciones pendientes.
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