Es aplicable a un contrato menor de obras el incremento de precio por exceso de medición hasta un 10% del artículo 242.4 de la LCSP?
No, el incremento de precio por exceso de medición hasta un 10% no es aplicable a un contrato menor de obras.
En los contratos menores, el procedimiento y las condiciones son más simplificados y están sujetos a límites de valor específicos. En el caso de obras, el valor estimado no debe superar los 40,000 euros. Estos contratos tienen un proceso de tramitación que incluye la justificación de la necesidad del contrato y la aprobación del gasto, pero no contemplan modificaciones como las de los contratos de mayor envergadura.
El incremento de precio por exceso de medición hasta un 10% está previsto para contratos de obras que no son menores, donde se permite una variación en el número de unidades ejecutadas sobre las previstas, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10% del precio inicial del contrato. Este tipo de ajuste está diseñado para contratos más grandes y complejos donde las mediciones pueden variar significativamente durante la ejecución.
Por lo tanto, los contratos menores de obras no pueden beneficiarse de este tipo de incremento de precio por exceso de medición, ya que están sujetos a un régimen más estricto y limitado en cuanto a modificaciones y ajustes de precio.
**- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 301; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/301]
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 242; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/242]
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 118; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/118]
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incremento de unidades del 10% , ¿es sobre el precio total del contrato o sobre la partida en concreto?
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En el caso de tener una obra en la que se ha realizado un exceso de las mediciones del 10% y modificaciones previstas por un 20% de donde sale el dinero
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excesos de medicion
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¿El cálculo del Valor Estimado debe incluir el 10 por ciento de posible exceso de medición, regulado en el artículo 242.4 de la Ley 9/2017?
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que es el precio inicial en las modificaciones, a que equivale?