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En el procedimiento restringido NO SARA, el plazo se mantiene igual aunque sea tramitación urgente?

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En el procedimiento restringido no sujeto a regulación armonizada (NO SARA), el plazo para la presentación de proposiciones no se reduce, incluso si se declara la tramitación urgente.

En los procedimientos restringidos relativos a contratos no sujetos a regulación armonizada, el plazo para la presentación de proposiciones no será inferior a diez días, contados desde la fecha de envío de la invitación. Este plazo se mantiene incluso en situaciones de tramitación urgente, ya que las reducciones de plazo previstas para situaciones de urgencia no se aplican a estos contratos.

Por lo tanto, aunque un expediente de contratación sea declarado de tramitación urgente, los plazos en procedimientos restringidos NO SARA no se ven afectados por esta urgencia y se mantienen según lo establecido originalmente.

Procedimiento Tipo de Contrato Plazo Mínimo
Restringido NO SARA 10 días
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