¿cuando es oferta anormalmente baja?
Una oferta anormalmente baja es aquella que se considera desproporcionada en relación con los precios del mercado o con los precios de otras ofertas presentadas en el procedimiento de contratación. Esto significa que el precio de la oferta es significativamente más bajo que el precio de mercado o el precio de otras ofertas.
La Ley de Contratos del Sector Público de España establece que los órganos de contratación deben evaluar las ofertas presentadas en los procedimientos de contratación para determinar si alguna de ellas es anormalmente baja. Si se determina que una oferta es anormalmente baja, el órgano de contratación debe rechazarla.
En conclusión, una oferta anormalmente baja es aquella que se considera desproporcionada en relación con los precios del mercado o con los precios de otras ofertas presentadas en el procedimiento de contratación.
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¿cuando es una oferta anormalmente baja?
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¿Cuándo una oferta es anormalmente baja?
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en qué artículo del reglamento se regulan las ofertas anormalmente bajas?
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¿Cómo se identifica y resuelve una oferta anormalmente baja?
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¿Cómo se puede justificar el uso del precio exclusivamente para determinar ofertas anormalmente bajas?
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¿Cómo se determina si una oferta es anormalmente baja o temeraria en la contratación pública?
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si una licitadora presenta una oferta anormalmente baja y aclara posteriormente que fue una mala interpretación del pliego, se le excluye directamente?
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cuando la oferta de una licitadora es extraordinariamente baja en relación a la de otras, se puede excluir directamente?
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¿Se puede admitir una justificación de baja anormal si se ha producido una confusión en un precio unitario?