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Qué condiciones se tiene que cumplir para que un contrato esté sujeto a regulación armonizada

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Para que un contrato esté sujeto a regulación armonizada (SARA), debe cumplir con ciertos criterios relacionados con la entidad contratante, el objeto del contrato y su cuantía.

Un contrato SARA es aquel que, por su importe y objeto, debe garantizar mínimos adicionales de transparencia, publicidad y plazos para asegurar la igualdad de concurrencia a operadores económicos del Espacio Económico Europeo, consolidando así el mercado común en la compra pública. Estos contratos están sujetos a las exigencias del derecho europeo.

Los contratos sujetos a regulación armonizada incluyen contratos de obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministros y servicios. Para ser considerados SARA, deben alcanzar ciertos umbrales económicos. Por ejemplo, los contratos de obras y concesión de servicios deben tener un valor estimado igual o superior a 5.538.000 euros, mientras que los contratos de servicios y suministros deben tener un valor estimado igual o superior a 221.000 euros. Para servicios especiales del Anexo IV, el umbral es de 750.000 euros.

Tipo de Contrato Umbral Económico (sin IVA)
Obras, Concesión de Servicios ≥ 5.538.000 €
Servicios, Suministros ≥ 221.000 €
Servicios Especiales Anexo IV ≥ 750.000 €

No se consideran sujetos a regulación armonizada ciertos contratos, independientemente de su valor estimado. Estos incluyen contratos relacionados con la defensa, servicios de comunicación audiovisual, contratos declarados secretos o reservados, y otros que impliquen medidas especiales de seguridad o protección de intereses esenciales para la seguridad del Estado.

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