garantia definitiva por transferencia bancaria
La garantía definitiva no puede constituirse directamente mediante transferencia bancaria. Sin embargo, puede prestarse en efectivo, que debe ser depositado en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, entre otras formas permitidas.
Las garantías definitivas en los contratos con las Administraciones Públicas pueden constituirse en efectivo, pero este efectivo debe ser depositado en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, no mediante una simple transferencia bancaria a una cuenta corriente.
Además del efectivo, las garantías definitivas pueden prestarse mediante avales o contratos de seguro de caución, que deben cumplir con las condiciones establecidas por las normas de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público. Estos documentos deben ser depositados en los establecimientos designados, como la Caja General de Depósitos.
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