Cual es el plazo del recurso especial
El plazo para interponer el recurso especial es de dos meses contados desde el siguiente a la interposición del recurso. El interesado podrá solicitar al órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas cautelares antes de interponer el recurso especial. El órgano competente para resolver el recurso deberá adoptar decisión en forma motivada sobre las medidas cautelares dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten. Una vez recibidas las alegaciones de los interesados, o transcurrido el plazo señalado para su formulación, y el de la prueba, en su caso, el órgano competente deberá resolver el recurso dentro de los cinco días hábiles siguientes, notificándose a continuación la resolución a todos los interesados.