si un propuesto adjudicatario no presenta la garantía se requiere subsanación?
No, si un propuesto adjudicatario no presenta la garantía definitiva en el plazo establecido, la Administración no procederá a la adjudicación a su favor y aplicará las disposiciones pertinentes sin requerir subsanación.
Cuando un licitador que ha sido propuesto como adjudicatario no cumple con el requisito de constituir la garantía definitiva dentro del plazo señalado, la Administración tiene establecido un procedimiento claro. La falta de presentación de esta garantía por causas imputables al adjudicatario conlleva a que la Administración decida no efectuar la adjudicación a favor de este. En este contexto, no se prevé un proceso de subsanación para la falta de constitución de la garantía definitiva, sino que se procede directamente conforme a las disposiciones aplicables para estos casos.
Además, en situaciones donde se hagan efectivas penalidades o indemnizaciones sobre la garantía definitiva, el contratista debe reponer o ampliar la garantía en el plazo de quince días desde la ejecución. Esto subraya la importancia de la garantía definitiva y las consecuencias de no cumplir con las obligaciones relacionadas con ella.
En resumen, la no presentación de la garantía definitiva por parte del propuesto adjudicatario lleva a la Administración a tomar medidas sin ofrecer oportunidad de subsanación para este requisito específico.
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