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si no se prevee prórroga del contrato en el pcap, se puede tramitar de todas formas?

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No, si no se prevé la prórroga en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del contrato, no se puede tramitar una prórroga. La prórroga de un contrato del sector público debe estar expresamente contemplada en el PCAP para que pueda ser aplicada. La Ley de Contratos del Sector Público establece que el contrato podrá prever una o varias prórrogas, siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de estas. Si la prórroga no está prevista en el PCAP, no se puede acordar posteriormente, ya que esto alteraría las condiciones iniciales del contrato y podría afectar los principios de publicidad y concurrencia.

Además, la prórroga debe ser acordada por el órgano de contratación y es obligatoria para el empresario, siempre que se le preavise con la antelación establecida, que por defecto es de dos meses, salvo que en el PCAP se establezca un plazo mayor. Si la duración del contrato fuera inferior a dos meses, no se aplica la obligación de preaviso.

En resumen, para que una prórroga sea válida y pueda ser tramitada, debe estar prevista en el PCAP del contrato desde su inicio.

Referencias
[Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/29]

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