Cuantos presupuestos pedir contrato menor
En la Ley de Contratos del Sector Público de España, los contratos menores son aquellos de valor estimado inferior a 40.000 euros para contratos de obras, o a 15.000 euros para contratos de suministro o de servicios. En los contratos menores se requerirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y la aprobación del gasto. Además, en el contrato menor de obras, deberá añadirse el presupuesto de las obras. Por otro lado, cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, se deberá solicitar el informe de las oficinas o unidades de supervisión. Por último, los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.
En respuesta a la pregunta, para un contrato menor se requerirá el presupuesto de las obras, el informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y la aprobación del gasto, así como el informe de las oficinas o unidades de supervisión cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
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