regulazion de determinados contratos de suministro
Los contratos de suministro están sujetos a regulación armonizada cuando su valor estimado sea igual o superior a determinadas cantidades. Estas cantidades son de 140.000 euros para los contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, y de 215.000 euros para los contratos de suministro distintos. En el caso de los contratos que se adjudiquen por lotes separados, cuando el valor acumulado de los lotes supere estas cantidades, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote. No obstante, los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a 80.000 euros, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 21
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