contrato de obras VE 37.190,08€.criterio para la adjudicacion la oferta mas ventajosa. se presentan 2 oferas por 35.000 €. criterio a seguir, Criterio de desempate?
En el caso de un contrato de obras con un valor estimado de 37.190,08€ y dos ofertas presentadas por 35.000€, se debe aplicar el criterio de desempate establecido en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, si existe. Si no se ha previsto un criterio de desempate específico, se aplicarán los criterios sociales por defecto.
Para contratos de obras con un valor estimado inferior a 40.000€, se pueden adjudicar directamente, pero en este caso, al haber dos ofertas idénticas, se debe proceder al desempate.
Si los pliegos no especifican criterios de desempate, se aplicarán los criterios sociales por defecto en el siguiente orden:
- Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada empresa.
- Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada empresa.
- Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada empresa.
- Sorteo, si los criterios anteriores no resuelven el empate.
La documentación acreditativa para estos criterios debe ser aportada por los licitadores en el momento del empate.
| Criterio de Desempate | Descripción |
|---|---|
| 1. | Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en exclusión social. |
| 2. | Menor porcentaje de contratos temporales. |
| 3. | Mayor porcentaje de mujeres empleadas. |
| 4. | Sorteo. |
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