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cuantos hay para interponer recurso, antes de la adjudicacion de un contrato publico?

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El plazo para interponer un recurso especial en materia de contratación varía según el objeto del recurso y puede ser de 15 días hábiles, 30 días o antes de que transcurran seis meses, dependiendo de la naturaleza específica del acto impugnado.

Los plazos para interponer un recurso especial en materia de contratación, antes de la adjudicación de un contrato público, dependen de varios factores relacionados con el tipo de acto que se impugna. Estos plazos se establecen para garantizar que los interesados puedan ejercer su derecho a recurrir de manera informada y oportuna.

  • Cuando el recurso se interponga contra el anuncio de licitación o el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el plazo para presentar el recurso es de 15 días hábiles. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante o, en ciertos casos, desde el día siguiente a aquel en que el interesado haya podido tener acceso a los pliegos o documentos contractuales.

  • En el caso de recursos que se fundamenten en causas de nulidad, el plazo para interponer el recurso es diferente. Si el recurso se basa en la falta de publicación legal de la convocatoria de la licitación o en la notificación de los motivos de rechazo de una candidatura o proposición, el plazo es de 30 días desde la publicación de la formalización del contrato o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados. Para otros casos de nulidad, el recurso debe interponerse antes de que transcurran seis meses desde la formalización del contrato.

Estos plazos están diseñados para ofrecer un equilibrio entre la necesidad de una rápida resolución de los procedimientos de contratación y la protección de los derechos de los participantes en el proceso.

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