se puede aplicar el articulo 166 del reglameneo en caso de rescision del contrato por parte de la amdinstracion y comprobarcion y entrega de las obras realizadas
No, el artículo mencionado no es aplicable en caso de rescisión del contrato por parte de la Administración. La rescisión del contrato y la comprobación y entrega de las obras realizadas se regulan por otras disposiciones.
Cuando la Administración decide rescindir un contrato, las consecuencias y procedimientos a seguir están regulados por normas específicas que no incluyen el artículo mencionado. En caso de rescisión, el contratista tiene derecho a ser indemnizado por las obras efectivamente realizadas y por el beneficio industrial de las obras dejadas de realizar, si la rescisión es imputable a la Administración.
La comprobación y entrega de las obras realizadas se lleva a cabo mediante un proceso de reconocimiento y verificación por parte de un facultativo designado, distinto del director de la obra. Este proceso asegura que las obras se han ejecutado conforme a las especificaciones del contrato.
En caso de que las obras sean puestas en servicio para uso público, se requiere un acta de comprobación que debe ser suscrita por el representante del órgano de contratación, el director de las obras y el contratista. Si las obras presentan defectos, estos deben detallarse en el acta junto con las instrucciones para su subsanación.
| Concepto | Procedimiento |
|---|---|
| Rescisión del contrato | Indemnización por obras realizadas y beneficio industrial |
| Comprobación de obras | Reconocimiento por facultativo designado |
| Puesta en servicio | Acta de comprobación suscrita por las partes |
**- [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 171. Desistimiento y suspensión de las obras.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/171]
- [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 179. Comprobación, recepción y liquidación de las obras ejecutadas por la Administración.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/179]
- [Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 168. Ocupación o puesta en servicio de las obras sin recepción formal.; URL: https://contratos.gobierto.es/normativa/reglamento-contratos-administraciones-publicas/168]
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procede poner el articulo 166 del reglamento en los casos de resolucion del contrato y la comprobacion de las obras efectivamente realizadas
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aplicar el art 166 del regl en el acta de comprobacion de las obras ejecutadas firmada por el contratista con reserva expresa, al no reflejar la obras realmente ejecutadas
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en la resolucion de un contrato tiene que haber una comprobacion de las obras realizadas, no?
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la firma por el contratista con reserva expres del acta de comprobacion de las obras efectivamente realizadas se puede aplicar el articulo 166
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¿Qué procedimiento ha de seguirse para liquidar un contrato público de obras?
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se puede aplicar el articulo 166 del reglamento en el acta de comprobacion de las obras efectivamente ejecutadas que fue firmada por el contratista con reserva expresa
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en una resolucion del contrato el acta de comprobacion de las obras efectivamente realizadas es aplicable el articulo 166 del reglamento
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acta de comprobacion de las obras realmente ejecutadas
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articulo 149 lcsp cual es su función
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durante la tramitacion del expediente de resolucion de contrato se levanto acta de comprabacion de las obras efectivamente reallizadas, se puede aplicicar el 166 regl