Recurso especial en materia de contratación procedimiento negociado sin publicidad
El recurso especial en materia de contratación es aplicable a los procedimientos negociados sin publicidad cuando el valor estimado del contrato supera ciertos umbrales económicos. Este recurso permite impugnar actos y decisiones específicas del procedimiento de adjudicación.
El recurso especial en materia de contratación es una herramienta legal que permite impugnar ciertos actos y decisiones relacionados con la adjudicación de contratos públicos. Este recurso es aplicable a los procedimientos negociados sin publicidad siempre que el valor estimado del contrato de obras supere los tres millones de euros, o en el caso de contratos de suministro y servicios, cuando el valor estimado sea superior a cien mil euros.
Este recurso puede ser interpuesto contra una variedad de actuaciones, incluyendo los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales, los actos de trámite que afecten la adjudicación, los acuerdos de adjudicación, y las modificaciones contractuales que debieron ser objeto de una nueva adjudicación.
El recurso especial es potestativo y gratuito para los recurrentes, lo que facilita su acceso y utilización por parte de los interesados. No obstante, no es aplicable a los procedimientos de adjudicación que se sigan por el trámite de emergencia.
Tipo de Contrato | Umbral Económico para Recurso Especial |
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Obras | Más de 3 millones de euros |
Suministro | Más de 100 mil euros |
Servicios | Más de 100 mil euros |
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El recurso especial en materia de contratación puede formularse en aquellos contratos de obras:
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El recurso especial en materia de contratación puede formularse en aquellos contratos de servicios y suministros:
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cabe recurso especial en un negociado sin publicidad?
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contratos de servicios sometidos al recurso especial
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una concesion de servicios tiene recurso especial