se puede ceder parcialmente un contrato de suministro si se cumplen los requisitos del artículo 214 y siguientes de la LCSP?
Sí, es posible ceder parcialmente un contrato de suministro si se cumplen los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
La cesión de un contrato de suministro puede realizarse siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa aplicable. Esto incluye la necesidad de que el cesionario cumpla con los requisitos de solvencia y clasificación exigidos al cedente, y que la cesión sea autorizada por el órgano de contratación.
Además, es importante que la cesión no altere las condiciones esenciales del contrato original. La cesión debe ser notificada al órgano de contratación, quien deberá dar su autorización para que la misma sea efectiva.
La cesión parcial de un contrato de suministro debe garantizar que el cesionario pueda cumplir con las obligaciones contractuales de manera adecuada, asegurando que no se vea afectada la calidad del suministro ni el cumplimiento de los plazos establecidos.
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