qué plazo tiene una licitadora para subsanar?
El plazo para subsanar deficiencias en la elaboración íntegra de un proyecto de obra es de dos meses, con la posibilidad de un nuevo plazo improrrogable de un mes si no se corrigen las deficiencias en el primer plazo.
Cuando el contrato de servicios consiste en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, el órgano de contratación exigirá al contratista la subsanación de defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables. Para ello, se otorgará un plazo que no podrá exceder de dos meses.
Si transcurrido este plazo las deficiencias no han sido corregidas, la Administración puede optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratista. En caso de conceder un nuevo plazo, este será de un mes improrrogable.
A continuación, se presenta un resumen en formato tabla:
| Plazo Inicial | Nuevo Plazo (si aplica) |
|---|---|
| 2 meses | 1 mes improrrogable |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 314
-
plazo para solicitar subsanaciones
-
cuando pido la subsanación de las deficiencias de una obra tengo que ampliar el plazo de ejecución? se considera una prórroga del contrato?
-
cuando pido la subsanación de las deficiencias de una obra tengo que ampliar el plazo de ejecución?
-
cuando pido la subsanación de las deficiencias de una obra tengo que ampliar el plazo de ejecución? se considera una prórroga del contrato? en que normativa lo fundamentas?
-
se puede solicitar una segunda subsanación del deuc
-
se puede perdir segunda subsanación
-
cual es el plazo de subsanación en una licitación pública
-
que plazo da la ley de contratos para emitir un informe técnico?
-
si cumple un contrato de servicios de jardineria y no se ha realizado una buena planificacion, que opciones hay
-
como se justifica un plazo de gracia segun la ley de contratos del sector publico