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PUEDE UN CONTRATO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO ESTAR SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

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No, un contrato abierto simplificado sumario no puede estar sujeto a regulación armonizada.

Los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA) son aquellos que, por su cuantía y objeto, deben cumplir con ciertas exigencias del derecho europeo, como la transparencia, publicidad y plazos adecuados para garantizar la igualdad de concurrencia en el mercado común europeo. Estos contratos tienen umbrales económicos específicos que, si se superan, obligan a seguir las directrices europeas.

El procedimiento abierto simplificado sumario, también conocido como supersimplificado, está diseñado para agilizar y flexibilizar la contratación pública, reduciendo la carga administrativa y acortando plazos. Este tipo de procedimiento se aplica a contratos de menor cuantía que no alcanzan los umbrales establecidos para ser considerados SARA. Por lo tanto, no están sujetos a las exigencias adicionales de los contratos SARA.

Los umbrales económicos para que un contrato sea considerado SARA son los siguientes:

Tipo de Contrato Umbral Económico (IVA excluido)
Obras, concesión de obras y servicios 5.382.000 euros
Suministros y servicios 215.000 euros
Servicios especiales 750.000 euros

Dado que los contratos simplificados sumarios están por debajo de estos umbrales, no se consideran SARA y, por tanto, no están sujetos a regulación armonizada.

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