¿Cuánto puedo modificar un contrato de obras de 500000 euros?
De acuerdo con el artículo 206 de la Ley de Contratos del Sector Público, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido. Por lo tanto, en el caso de un contrato de obras de 500000 euros, se pueden realizar modificaciones por un máximo de 100000 euros.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 206