¿Puede cancelarse una licitación si desaparece la necesidad de suministro que lo motivó?
Sí, una licitación puede cancelarse si desaparece la necesidad de suministro que lo motivó, siempre que se justifique por razones de interés público.
Cuando el órgano de contratación decide no adjudicar o celebrar un contrato debido a la desaparición de la necesidad de suministro, esta decisión debe estar debidamente justificada en el expediente por razones de interés público. En tales casos, no se podrá promover una nueva licitación mientras persistan las razones que fundamentaron la decisión de no adjudicar el contrato.
Además, el órgano de contratación debe notificar esta decisión a los candidatos o licitadores y, si el contrato fue anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea, también debe informar a la Comisión Europea.
En caso de desistimiento del procedimiento de adjudicación, este debe estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o del procedimiento de adjudicación. El desistimiento no impide la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación, siempre que se subsanen las causas que llevaron al desistimiento.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 152
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