Articulo de la Ley de contratos donde se indican los importes de los expedientes SARA
Los importes para considerar un contrato como SARA (Sujeto a Regulación Armonizada) están determinados por el tipo de contrato y la entidad contratante. A partir del 1 de enero de 2024, los umbrales son los siguientes:
Tipo de Contrato | Umbral (€) |
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Obras y Concesión de servicios | 5.538.000 |
Servicios y suministros | 221.000 |
Administración General del Estado (AGE) | 143.000 |
Contratos de servicios especiales (Anexo IV) | 750.000 |
Los contratos SARA son aquellos que, por su importe y objeto, deben cumplir con ciertas exigencias del derecho europeo, garantizando transparencia, publicidad y plazos adecuados para asegurar la igualdad de concurrencia en el mercado común europeo.
Los contratos que no alcanzan estos umbrales o que se realizan bajo procedimientos como el abierto simplificado no se consideran SARA.
- Referencias: