Si una persona se lesiona por una negligencia del contratista en una obra quien ha de resolver
La responsabilidad de resolver sobre una lesión causada por negligencia del contratista en una obra recae inicialmente en el órgano de contratación, quien debe determinar la responsabilidad y los daños a indemnizar, previa audiencia del contratista.
Cuando una persona se lesiona debido a una negligencia del contratista durante la ejecución de una obra, el contratista tiene la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados a terceros. Sin embargo, si la lesión fue consecuencia directa de una orden de la Administración, esta podría ser responsable dentro de los límites legales establecidos.
El órgano de contratación es el encargado de resolver sobre la responsabilidad de los daños. Los terceros afectados pueden requerir al órgano de contratación para que se pronuncie sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad. Este requerimiento debe realizarse dentro del año siguiente a la producción del hecho y tiene el efecto de interrumpir el plazo de prescripción de la acción.
La indemnización que el contratista debe pagar puede alcanzar hasta el 50% del importe de los daños y perjuicios causados, con un límite máximo de cinco veces el precio pactado por el proyecto. La Administración podría ser responsable del resto de la indemnización si debe ser satisfecha a terceros.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Responsable inicial | Órgano de contratación |
| Obligación del contratista | Indemnizar daños a terceros |
| Posible responsabilidad de la Administración | Si la lesión es consecuencia de una orden administrativa |
| Límite de indemnización del contratista | Hasta 50% de los daños, máximo cinco veces el precio del proyecto |
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