prorroga ejecución contrato obras
La prórroga en la ejecución de un contrato de obras es posible bajo ciertas condiciones, y debe estar prevista en los pliegos del contrato.
En los contratos de obras, la duración del contrato debería coincidir con la previsión de ejecución de la obra. Sin embargo, se puede prever una prórroga en casos específicos, como cuando la ejecución de la obra se paraliza por motivos ajenos o imputables al órgano de contratación. En tales situaciones, el período de ejecución del contrato puede ampliarse.
Para que una prórroga sea válida, debe estar expresamente prevista en los pliegos de condiciones administrativas y en el contrato. La prórroga es obligatoria para el contratista si se preavisa con al menos dos meses de antelación a la finalización del contrato. Si no se notifica o se hace fuera de plazo, la prórroga no será obligatoria para el contratista.
El procedimiento para aprobar una prórroga incluye la elaboración de un informe por parte del responsable del contrato, seguido de un informe jurídico que verifique la legalidad de la prórroga. Finalmente, el órgano de contratación debe aprobar la prórroga de manera expresa y notificarla al contratista.
En caso de modificaciones del proyecto que afecten el importe del contrato, el plazo de ejecución puede reajustarse, pero no en mayor proporción que la variación del importe. Si se introducen unidades nuevas no previstas, el director de las obras debe proponer nuevos precios y la repercusión sobre el plazo de ejecución, requiriendo la conformidad del contratista.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Preaviso | 2 meses antes de la finalización del contrato |
| Duración máxima de contratos de obras | Coincide con la previsión de ejecución de la obra |
| Condiciones para prórroga | Prevista en pliegos, notificación en plazo, aprobación expresa |
- Referencias:
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 100. Petición de prórroga del plazo de ejecución
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 162. Reajuste del plazo de ejecución por modificaciones
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 195. Resolución por demora y ampliación del plazo de ejecución de los contratos
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