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En lo no previsto para el supersimplificado se aplicará la regulación general del procedimiento abierto simplificado, qué aspectos se aplican al supersimplificado?

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En lo no previsto para el procedimiento supersimplificado, se aplicará la regulación general del procedimiento abierto simplificado. Esto incluye aspectos como la inscripción en registros oficiales, la presentación de ofertas, la composición de la mesa de contratación, y la valoración de las ofertas.

  1. Inscripción en Registros Oficiales: Para participar en contratos tramitados por el procedimiento supersimplificado, es necesario que los licitadores estén inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o en el registro autonómico correspondiente. Esta inscripción debe estar vigente en la fecha final de presentación de las ofertas.
  2. Presentación de Ofertas: Las ofertas se presentan preferentemente en un único sobre o archivo electrónico, siempre que no existan criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. En caso contrario, se presentarán en dos sobres o archivos electrónicos.
  3. Composición de la Mesa de Contratación: La mesa de contratación se considera válidamente constituida con la presencia del presidente, el secretario, un funcionario encargado del asesoramiento jurídico, y un funcionario encargado del control económico-presupuestario.
  4. Valoración de las Ofertas: La valoración de las ofertas se realiza de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en los pliegos. Si existen criterios evaluables mediante juicio de valor, la valoración técnica debe realizarse antes de la apertura del sobre que contiene la oferta evaluable mediante fórmulas.
  5. Tramitación del Procedimiento: El procedimiento está diseñado para que la mesa de contratación se reúna en un único acto para realizar diversas actuaciones, como la exclusión de ofertas que no cumplan los requisitos, la evaluación y clasificación de las ofertas, y la propuesta de adjudicación.

**- [Blog de Gobierto - Contrato supersimplificado, procedimiento supersimplificado o procedimiento simplificado abreviado; URL: https://www.gobierto.es/blog/contrato-supersimplificado-procedimiento-supersimplificado-o-prcedimiento-simplificado-abreviado]

  • [Blog de Gobierto - Contrato simplificado o procedimiento abierto simplificado; URL: https://www.gobierto.es/blog/contrato-simplificado-o-procedimiento-abierto-simplificado]
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