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En el Valor estimado del contrato hay que sumar también el valor del IVA?

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No, en el valor estimado del contrato no se debe sumar el valor del IVA.

El cálculo del valor estimado de los contratos, ya sean de obras, suministros, servicios, o de concesión de obras y de concesión de servicios, se realiza sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Esto significa que, para determinar el valor estimado de un contrato, el órgano de contratación tomará en cuenta el importe total pagadero o el importe neto de la cifra de negocios que generará la empresa concesionaria, según corresponda, pero siempre excluyendo el IVA de estas estimaciones.

Además, en la determinación de este valor estimado se deben considerar otros factores como los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, los gastos generales de estructura, el beneficio industrial, cualquier forma de opción eventual, las eventuales prórrogas del contrato, y, en su caso, las primas o pagos a los candidatos o licitadores, entre otros. Sin embargo, en todos estos casos, el IVA no se incluye en la estimación del valor del contrato.

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