contra la resolución de inadmisión por baja temeraria se puede recurrir
Sí, contra la resolución de inadmisión por baja temeraria se puede interponer un recurso contencioso-administrativo.
Cuando un órgano encargado de resolver un recurso declara su inadmisión, esta decisión puede ser impugnada mediante la interposición de un recurso contencioso-administrativo. Este tipo de recurso es el único que cabe contra la resolución de inadmisión, y debe presentarse conforme a lo dispuesto en la legislación reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
La resolución de inadmisión es directamente ejecutiva y no está sujeta a revisión de oficio ni a fiscalización por los órganos de control interno de las Administraciones. Sin embargo, los órganos competentes pueden rectificar errores materiales, de hecho o aritméticos en sus actos.
En el caso específico de una resolución de inadmisión por baja temeraria, el procedimiento para impugnarla sigue las mismas directrices generales aplicables a cualquier resolución de inadmisión.
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