QUIEN DETERMINA LA CONCURRENCIA DE ALGUNA PROHIBICION DE CONTRATAR DE UN EMPRESARIO
La determinación de la concurrencia de alguna prohibición de contratar de un empresario depende de varios factores, incluyendo la naturaleza de la prohibición y la administración contratante.
La competencia para declarar la prohibición de contratar varía según el tipo de prohibición involucrada. Para las prohibiciones derivadas de delitos o infracciones graves, así como para el incumplimiento de obligaciones tributarias o de Seguridad Social, la competencia recae en el Ministro de Hacienda, quien actúa a propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Esta declaración tiene un carácter general para todas las Administraciones Públicas.
En casos específicos, como la declaración de insolvencia o la falsedad en la declaración responsable, la competencia para declarar la prohibición de contratar corresponde a la Administración contratante específica ante la cual se haya incurrido en la falsedad o a la que hubiese acordado la suspensión de la clasificación o declarado la prohibición con eficacia limitada. Esto se aplica en su propio ámbito de actuación.
Para las prohibiciones que deben producir efectos generales ante distintas Administraciones públicas o en el ámbito de la Administración General del Estado, la competencia sigue siendo del Ministro de Hacienda, quien debe actuar a propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
En el caso de que la prohibición declarada tenga un ámbito autonómico o local y se considere procedente extender sus efectos de manera general, los respectivos acuerdos deben comunicarse a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para que esta formule una propuesta al Ministro de Hacienda, quien tomará la decisión final.
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se debe tramitar la prohibicion para contratar en con la administración en un procedimiento nuevo?
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Como se tramita un expediente para imponer una prohibicion de contratar
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órgano competente para declarar la nulidad de contrato
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en una licitación cuándo las decisiones del órgano de contratación agotan la vía administrativa?
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¿Prerrogativa de resolución del contrato de la A 190 LCSP
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límite contratación
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¿en qué momento deberán concurrir las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar?:
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Órgano de contratación cuando el contrato afecte al ámbito de más de un departamento y no deba efectuarse por un único órgano de contratación.
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¿Quién tiene la razón, la intervención o el área de contratación?
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