para las modificaciones no previstas, el contratista puede negarse
Sí, el contratista puede negarse a modificaciones no previstas en el contrato bajo ciertas condiciones.
Para que una modificación no prevista sea obligatoria para el contratista, debe cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, la modificación debe justificarse en alguno de los supuestos específicos, como la necesidad de añadir obras, suministros o servicios adicionales, o circunstancias sobrevenidas e imprevisibles. Además, la modificación debe ser indispensable para responder a la causa objetiva que la hace necesaria.
Si la modificación implica un aumento en la cuantía del contrato, este incremento no debe exceder del 50% del precio inicial del contrato, sin incluir el IVA. En caso de que la modificación no cumpla con estos requisitos, el contratista no está obligado a aceptarla.
En situaciones donde la modificación no sea obligatoria, el órgano de contratación debe obtener la conformidad por escrito del contratista para proceder. Si el contratista no está de acuerdo, el contrato puede resolverse según lo establecido en la normativa.
| Condición | Detalle |
|---|---|
| Justificación | Debe basarse en supuestos específicos como obras adicionales o circunstancias imprevisibles. |
| Cuantía | No debe exceder el 50% del precio inicial del contrato (IVA excluido). |
| Conformidad | Requiere conformidad por escrito del contratista si no es obligatoria. |
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las modificaciones no previstas son obligatorias para el contratista siempre y cuando cumplan los requisitos legales
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Se plantea una modificación del contrato por servicios afectados no previsto.que requisitos deben cumplirse para que esta modificación sea legal
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si las modificaciones no sabemos si exceden del 20% son obligatorias para el contratista
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cuáles son las modificaciones en un contrato?
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modificaciones no previstas
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que modificaciones contractuales son obligatorias?
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En el artículo 205.2 de la LCSP, ¿Basta con cumplir uno de los tres supuestos que se dan para justificar una modificación no prevista? ¿O hay que cumplir los tres?
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Se plantea una modificación del contrato por servicios no previstos, que requisitos deben cumplirse para que esta modificación sea legal
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las modificaciones del contrato que no excedan del 20% son obligatorias para el contratista
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precio inicial de una modificación no prevista