¿Que debo tener en cuenta (plazos, procedimientos...) como responsable del contrato para la entrega, recepción y comprobación del cumplimiento del contrato?
Como responsable del contrato, es crucial tener en cuenta los plazos y procedimientos para la entrega, recepción y comprobación del cumplimiento del contrato, que incluyen la entrega de trabajos o bienes, el acto formal de recepción, el periodo de garantía, y la liquidación del contrato.
Para la entrega de trabajos y realización de los servicios, el contratista debe entregar los trabajos dentro del plazo estipulado. Si se estiman cumplidas las prescripciones técnicas, se procederá a la recepción. En caso contrario, se darán instrucciones al contratista para remediar las faltas observadas, estableciendo un nuevo plazo para ello. Si hay reclamaciones por parte del contratista sobre las observaciones, el órgano de contratación resolverá sobre el particular.
En cuanto a los contratos de suministro, el contratista debe entregar los bienes en el tiempo y lugar fijados, conforme a las prescripciones técnicas. La Administración será responsable de la custodia de los bienes desde su entrega hasta la recepción formal, y de su gestión una vez recibidos de conformidad.
El cumplimiento del contrato se considera realizado cuando la prestación se haya efectuado a satisfacción de la Administración, lo cual debe ser constatado mediante un acto formal de recepción o conformidad. Este acto debe realizarse dentro del mes siguiente a la entrega o en el plazo determinado por el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Respecto a la recepción de obras, se establece un procedimiento que incluye la participación de un facultativo designado por la Administración, el director de las obras, y el contratista. Se debe aprobar la certificación final de las obras en un plazo de tres a cinco meses, dependiendo de la complejidad de las mismas. El plazo de garantía no podrá ser inferior a un año, salvo casos especiales.
Finalmente, la liquidación del contrato debe acordarse y notificarse al contratista dentro de los treinta días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, salvo en los contratos de obras, que tienen un procedimiento específico.
Concepto | Plazo/Procedimiento |
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Entrega de trabajos/servicios | Dentro del plazo estipulado en el contrato |
Acto formal de recepción | Dentro del mes siguiente a la entrega o según el pliego |
Periodo de garantía | Establecido en el pliego, en obras no inferior a un año salvo excepciones |
Liquidación del contrato | Dentro de los treinta días a contar desde la recepción o conformidad |
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