¿Por qué los gastos de billetes de avión están exentos de la ley de contratos?
Los gastos de billetes de avión están exentos de la Ley de Contratos del Sector Público de España porque se encuentran excluidos de la presente Ley las relaciones jurídicas consistentes en la prestación de un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público de aplicación general. Además, están excluidos los contratos por los que una entidad del sector público se obligue a entregar bienes o derechos o a prestar algún servicio, sin perjuicio de que el adquirente de los bienes o el receptor de los servicios, si es una entidad del sector público sujeta a esta Ley, deba ajustarse a sus prescripciones para la celebración del correspondiente contrato.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 11
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