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Como se calcula la modificación de 20% para un contrato de 2 años de duración más otros 2 años de prórrogas.

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La modificación de un contrato público que permite un incremento del 20% se calcula sobre el precio inicial del contrato, sin incluir el IVA, y es aplicable tanto a la duración inicial como a las prórrogas, siempre que no se exceda este porcentaje en conjunto.

Para calcular el 20% de modificación de un contrato, primero se debe determinar el precio inicial del contrato sin IVA. Este es el importe sobre el cual se aplicará el porcentaje de modificación permitido.

La duración del contrato, ya sea en su fase inicial o durante las prórrogas, no afecta directamente al cálculo del 20% de modificación. Sin embargo, es importante que cualquier modificación que se realice no altere las características esenciales del contrato más allá de lo permitido por la ley.

Es crucial que las modificaciones sean acordadas por el órgano de contratación y que se mantengan dentro del límite del 20% del precio inicial del contrato. Si se excede este límite, la modificación no será obligatoria para el contratista, a menos que este dé su conformidad por escrito.

Concepto Detalle
Precio inicial del contrato Base para calcular el 20% de modificación, sin incluir IVA.
Límite de modificación No debe exceder el 20% del precio inicial del contrato.
Aplicación Válido para la duración inicial y las prórrogas, sin alterar características esenciales.
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