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pago 30 dias

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El pago de 30 días se refiere al plazo que tiene la Administración para abonar el precio de un contrato, contado desde la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados.

El contratista tiene derecho al abono del precio convenido por la prestación realizada, y la Administración debe efectuar el pago dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos mencionados. Si el pago se retrasa más allá de este plazo, la Administración está obligada a abonar intereses de demora y una indemnización por los costes de cobro.

Para que el plazo de 30 días comience a contar, el contratista debe haber presentado la factura ante el registro administrativo correspondiente en tiempo y forma, dentro de los treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.

En caso de que la Administración no cumpla con el pago en el plazo establecido, y la demora sea superior a cuatro meses, el contratista puede suspender el cumplimiento del contrato, notificando a la Administración con un mes de antelación. Si la demora supera los seis meses, el contratista tiene derecho a resolver el contrato y a ser resarcido por los perjuicios ocasionados.

Concepto Detalle
Plazo de pago 30 días desde la aprobación de documentos de conformidad
Consecuencias del retraso Intereses de demora e indemnización por costes de cobro
Acciones del contratista por demora Suspensión del contrato (>4 meses), resolución del contrato (>6 meses)
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