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¿En toda licitación debe haber memoria justificativa, PCAP y PPTP?

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Sí. En toda licitación deben existir tres documentos esenciales: la memoria justificativa, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT o PPTP).

Cada uno cumple una función distinta y complementaria en la preparación y configuración jurídica del contrato, y juntos garantizan que el expediente esté correctamente definido, motivado y listo para ser tramitado conforme a la LCSP.


1. Memoria justificativa: el documento que fundamenta el contrato

La memoria justificativa —o informe de necesidad— es obligatoria en todo expediente, porque es el documento que acredita la existencia de la necesidad, explica por qué no puede cubrirse con medios propios (en su caso), y define los elementos esenciales del contrato: objeto, división en lotes, solvencia, criterios de adjudicación, PBL, duración o modificaciones previstas, entre otros.

La LCSP exige expresamente esta documentación preparatoria en los arts. 28 y 116, que obligan a justificar la necesidad y a dejar constancia escrita de todos los elementos que caracterizan el contrato antes de iniciar la licitación.


2. PCAP: el documento que regula las reglas jurídicas de la licitación

El PCAP es el pliego administrativo que establece las normas del procedimiento y las obligaciones jurídicas del contratista, por lo que es imprescindible en cualquier licitación.
Regula, entre otras cuestiones:

  • la solvencia exigida,
  • los criterios de adjudicación,
  • las condiciones económicas (PBL, garantías, pagos),
  • penalidades y causas de resolución,
  • el procedimiento elegido y su desarrollo,
  • la duración y prórrogas del contrato.

El art. 122 LCSP determina que los contratos se rigen por sus pliegos, lo que convierte al PCAP en un documento obligatorio y estructural en todos los expedientes.


3. PPT o PPTP: el documento que define las características técnicas de la prestación

El Pliego de Prescripciones Técnicas es también obligatorio en toda licitación, porque es el documento que establece las características técnicas del objeto contractual, determina los requisitos de calidad, detalla la ejecución de la prestación y fija los estándares mínimos que el contratista debe cumplir.

Los arts. 116.2 y 124 LCSP obligan a que las prescripciones técnicas formen parte de la documentación preparatoria y se recojan en un pliego específico, que actúa como punto de referencia tanto para la licitación como para el control de la ejecución.


Conclusión

Sí, toda licitación debe contar necesariamente con estos tres documentos:

  • Memoria justificativa, que fundamenta el contrato.
  • PCAP, que regula su estructura jurídica.
  • PPT/PPTP, que define las prescripciones técnicas.

Juntos garantizan que el contrato esté correctamente planteado, motivado y preparado para ser licitado con seguridad jurídica, transparencia y eficacia.

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