en una UTE puede una de las licitadoras no tener en su objeto social las prestaciones del contrato?
No, en una UTE, todas las licitadoras deben tener en su objeto social las prestaciones del contrato.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Esto significa que cada miembro de una UTE (Unión Temporal de Empresas) debe tener en su objeto social las prestaciones del contrato para poder ser adjudicatario.
Además, cuando varias empresas concurren conjuntamente a la licitación de una concesión de obras o de servicios, pueden hacerlo con el compromiso de constituir una sociedad que será la titular de la concesión. La constitución y forma de esta sociedad deben ajustarse a la legislación específica correspondiente.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 66
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puede una empresa licitar a un contrato cuyo objeto no está en su fin social?
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¿una UTE se ha de crear antes de la adjudicación del contrato?
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¿Quién puede formar parte de una UTE?
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si una persona jurídica licita y su objeto social no comprende el objeto del contrato se excluye la oferta directamente?
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en una ute, los criterios de adjudicación los deben de cumplir todas las empresas
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Una UTE tiene que presentar la oferta en un solo documento firmado por todos los miembros
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¿una UTE puede tener más de dos empresas?
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Responsabilidad en las UTE
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UNA UTE TRAS SU ADJUDICACION SE FORMALIZA EN UNA SOCIEDAD MERCANTIL