¿Cuándo se puede desistir de un contrato de obras?
Se puede desistir de un contrato de obras antes de la iniciación de las mismas o una vez iniciada la ejecución. En el primer caso, el contratista tendrá derecho a percibir una indemnización del 3 por ciento del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. En el segundo caso, el contratista tendrá derecho a percibir una indemnización del 6 por ciento del precio de adjudicación del contrato de las obras dejadas de realizar en concepto de beneficio industrial, IVA excluido.
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Indemnización al contratista
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liquidación incumplimiento contratista
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procedimiento de liquidación de un contrato de servicios
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