si no esta al corriente de obligaciones tributarias o de seguridad social se le requiere y paga es posible
Sí, es posible que una empresa que no esté al corriente de sus obligaciones tributarias o de seguridad social sea requerida para regularizar su situación y, una vez hecho el pago, pueda continuar con el proceso de contratación.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, las empresas deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social para participar en procedimientos de contratación pública. Esto implica estar inscritas en los registros correspondientes, haber presentado las declaraciones fiscales necesarias y no tener deudas pendientes con la administración tributaria o la seguridad social.
Sin embargo, si una empresa tiene deudas que están aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución está suspendida debido a una impugnación, se considera que está al corriente de sus obligaciones. En estos casos, la empresa puede presentar una certificación positiva que acredite esta situación ante el órgano de contratación.
En el caso de que una empresa no esté al corriente, se le puede requerir para que regularice su situación. Si la empresa paga las deudas pendientes o cumple con las obligaciones requeridas, puede continuar participando en el proceso de contratación.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Obligaciones Tributarias | Inscripción en el Impuesto sobre Actividades Económicas, presentación de declaraciones fiscales, y no tener deudas tributarias. |
| Obligaciones de Seguridad Social | Inscripción en el sistema de Seguridad Social, alta de trabajadores, presentación de documentos de cotización, y estar al corriente en pagos. |
| Situaciones Especiales | Deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas por impugnación se consideran al corriente. |
| Requerimiento | Se puede requerir a la empresa para regularizar su situación y, tras el pago, continuar en el proceso. |
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es necesario que le licitador este al corriente de pago de sus obligaciones tributarias desde el momento de su proposicion hasta el momento de la formalizacion
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para adjudicaar se debe de comprobar que tiene su oblicaciones tributarias al dia
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la licitadora propuesta como adjudicataria esta incursa en una prohibicon para contratar 71.d. puede subsanarse con el pago de la deuda
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el certificado de estar al corriente con la seguridad social debe ser específico para contratar con la administración pública?
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para adjudicar el contrato deben de cumplir con las obligaciones tributarias
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Cuando se tiene que estar al corriente de la AEAT
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en una licitación por procedimiento simplificado cuándo y de qué manera acreditan las licitadoras estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social ?
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el certificado de estar al corriente con la seguridad social a presentar por el licitador debe ser específico para contratar con la administración pública?
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habilitación empresarial