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¿Están actualizadas las cuantías (valor estimado) para el procedimiento simplificado en servicios y suministros? ¿No sería más correcto menor a 143.000?

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No, las cuantías para el procedimiento simplificado en servicios y suministros no son menores a 143.000 euros. Según la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos de servicios y suministros de valor estimado superior a 15.000 euros e inferior a 215.000 euros pueden adjudicarse por procedimientos simplificados, con excepción del procedimiento negociado sin publicidad.

Para los contratos de servicios y suministros, si el valor estimado es inferior a 15.000 euros, pueden adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria.

En el caso de contratos de servicios y suministros cuyo valor estimado sea superior a 15.000 euros e inferior a 215.000 euros, se pueden adjudicar por cualquiera de los procedimientos previstos, salvo el procedimiento negociado sin publicidad, que tiene restricciones específicas.

Por lo tanto, la cifra de 143.000 euros no es aplicable en este contexto para el procedimiento simplificado en servicios y suministros.

Tipo de Contrato Valor Estimado para Procedimiento Simplificado
Servicios y Suministros Superior a 15.000 euros e inferior a 215.000 euros
    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 22; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/22] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 318; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/318]
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