es posible que la fecha de factura sea anterior a la de la resolución de adjudicación?
No, no es posible que la fecha de factura sea anterior a la de la resolución de adjudicación.
Para que un contratista pueda emitir una factura por los servicios prestados o bienes entregados, primero debe existir un contrato formalmente adjudicado. La adjudicación del contrato es el acto administrativo que otorga al contratista el derecho y la obligación de ejecutar el contrato, lo cual es un requisito previo para la prestación de servicios o entrega de bienes.
Además, la normativa establece que el contratista tiene la obligación de presentar la factura expedida por los servicios prestados o bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo. Esto implica que la prestación del servicio o la entrega del bien, y por ende la emisión de la factura, solo puede ocurrir después de que el contrato haya sido formalmente adjudicado.
Por lo tanto, la fecha de la factura debe ser posterior a la fecha de la resolución de adjudicación, ya que esta última es la que habilita legalmente al contratista para comenzar a ejecutar el contrato y, consecuentemente, a facturar por los servicios o bienes proporcionados.
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