¿Quién puede ser director facultativo?
El director facultativo debe ser una persona física con la titulación adecuada y suficiente, como arquitecto, ingeniero o arquitecto técnico, según la naturaleza de la obra.
El director facultativo es una figura técnica esencial en los contratos de obras. Su rol principal es dirigir, controlar y supervisar la ejecución material del proyecto. Además, es responsable de aprobar planos, emitir certificaciones, informar sobre incidencias y participar en la recepción de la obra.
Para ser designado como director facultativo, es necesario cumplir con ciertos requisitos de titulación. Debe ser una persona física individual que posea la titulación adecuada y suficiente para el tipo de obra que se va a realizar. Esto incluye títulos como arquitecto, ingeniero o arquitecto técnico, dependiendo de la naturaleza específica del proyecto.
El director facultativo también asume las funciones del responsable del contrato en los contratos de obras, lo que implica que actúa simultáneamente como responsable técnico y contractual. Esto significa que, además de sus funciones técnicas, supervisa la ejecución global del contrato, velando por el cumplimiento del objeto, los plazos, el presupuesto y las condiciones pactadas.
Referencias
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 62; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/62]
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 237; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/237]
- [Preguntas de Gobierto - ¿El responsable del contrato y el director de obra son la misma persona?; URL: https://contratos.gobierto.es/preguntas/7t7i2xpv]
- [Preguntas de Gobierto - ¿Qué diferencia hay entre director de obra y dirección de obra? ; URL: https://contratos.gobierto.es/preguntas/skkszo6n]
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