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¿Cual es el plazo de garantia por ley?

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El plazo de garantía no está establecido de manera fija en la legislación, sino que debe ser determinado en los pliegos administrativos de cada contrato. Sin embargo, en los contratos de obra, el plazo mínimo es de un año.

El período de garantía comienza en el momento en que se recepciona satisfactoriamente el contrato por parte de la Administración. En caso de recepciones parciales, el inicio del plazo se cuenta desde las fechas de dichas recepciones.

La duración del período de garantía debe ser proporcional y adecuada a la naturaleza y complejidad del contrato. En los contratos de obra, aunque el plazo mínimo es de un año, puede ser más largo dependiendo de las características específicas de la obra.

Es obligatorio que cada contrato establezca su período de garantía, a menos que se justifique que no es necesario debido a las características y naturaleza del contrato. Esta justificación debe constar expresamente en el pliego administrativo.

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