contratos abiertos simplificados sumario numero de actas
En el procedimiento abierto simplificado abreviado, también conocido como contrato supersimplificado, no se requiere la constitución de una mesa de contratación, por lo que no se generan actas de apertura de sobres. La valoración de las ofertas se puede realizar automáticamente mediante dispositivos informáticos, eliminando la necesidad de actas tradicionales.
En el procedimiento abierto simplificado abreviado, la constitución de la mesa de contratación es potestativa, lo que significa que no es obligatoria. Esto implica que no se celebran actos públicos de apertura de sobres, y por tanto, no se generan actas de apertura como en otros procedimientos.
La valoración de las ofertas se realiza automáticamente mediante dispositivos informáticos o con la colaboración de una unidad técnica, lo cual es coherente con la ausencia de criterios evaluables mediante juicio de valor. Esto permite una tramitación más ágil y reduce la necesidad de documentación adicional, como las actas.
La transparencia y accesibilidad de las ofertas y la documentación relativa a la valoración se garantizan mediante medios electrónicos, permitiendo su acceso abierto desde el momento en que se notifica la adjudicación del contrato.
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