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que importe en suministr es negociado sin publicidad

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El importe en un suministro negociado sin publicidad no está definido por un valor específico en la legislación, sino por las condiciones particulares que justifiquen este procedimiento.

El procedimiento de contrato negociado sin publicidad se utiliza en circunstancias excepcionales donde, por ejemplo, no se han recibido ofertas válidas en un procedimiento abierto o restringido, solo existe un proveedor posible por razones técnicas, de protección de derechos exclusivos, o en casos de extrema urgencia. Este procedimiento permite a la administración contratar directamente sin necesidad de publicidad, basándose en condiciones muy específicas y justificadas.

En cuanto a los suministros, este procedimiento puede aplicarse en situaciones como la adquisición de bienes que son exclusivos de I+D, la reposición o reparación de instalaciones de uso corriente, la adquisición de materias primas que cotizan en bolsa o mercados regulados, o cuando los suministros iniciales se acordaron en condiciones más ventajosas con un operador que ya no está disponible en el mercado.

La Ley de Contratos del Sector Público no establece un límite específico de importe para los contratos negociados sin publicidad en términos de suministros, sino que se centra en las condiciones bajo las cuales este procedimiento puede ser utilizado. La justificación para optar por este procedimiento debe estar bien documentada y basarse en las excepciones permitidas por la ley.

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